La Comisión Europea declara ilegales los arbitrajes de las renovables

 "Todas las claúsulas de arbitraje en los tratados bilaterales de inversión entre países de la UE son inaplicables y cualquier tribunal de arbitraje establecido sobre la base de esas claúsulas carece de jurisdicción", afirma la Comisión en una Comunicación o directriz sobre la protección al inversor publicada el pasado jueves y que ayer publicó Cinco Días. Según la CE todos los tribunales nacionales de la UE "tienen la obligación de anular cualquier compensación arbitral concedida" y pide a los Estados involucrados en casos pendientes "que extraigan las necesarias consecuencias".

España puede librarse de tener que pagar indemnizaciones millonarias a todas las grandes empresas internacionales, muchas de ellas fondos de inversión, que la han llevado en los últimos años ante tribunales de arbitraje por los recortes a las renovables decretados por el Gobierno del PP en los últimos años. Según la Comisión Europea, los laudos internacionales que se han pronunciado a favor de los inversores europeos no tienen ningún valor, tanto si invocan tratados bilaterales de protección como si esgrimen la Carta de la Energía. En ambos casos se trataría de normas incompatiles con el ordenamiento jurídico de la UE, que reserva para los tribunales nacionales y europeos la competencia exclusiva de interpretar la normativa comunitaria y garantizar la protección del inversor



El Documento al que ha tenido acceso Cinco Días también invalida el mecanismo de arbitraje establecido en base al artículo 26 del Tratado de la Carta de la Energía en cuanto a relaciones dentro de la UE. Y añade que "el hecho de que la UE sea parte también de ese Tratado, no afecta a esta conclusión". La CE concluye que tanto los arbitrajes previstos en los tratados bilaterales de inversión como los de la Carta de la Energía "socavan el sistema legal de soluciones previsto en los Tratados de la UE".

La comunicación de la CE llega tras una sentencia del Tribunal de Justicia Europeo, que el pasado 6 de marzo dio la razón a la CE y consideró incompatible con las leyes europeas las claúsulas sobre arbitraje recogidas en el algunos tratados bilaterales entre países de la UE. En mayo, el Centro Internacional para el Arreglo de Diferencias sobre inversiones (Ciadi), dependiente del Banco Mundial, dictó un laudo arbitral en el que se obligaba a España a pagar 64,5 millones de euros a la empresa Masdar, de Abu Davi, que había invocado la protección prevista en la Carta de la Energía. Ahora, la Comisión Europea aclara que tampoco es legal basar estas reclamaciones en la Carta de la Energía.

Bruselas solo deja a salvo a las reclamaciones procedentes de inversores de fuera de la UE, aunque el documento advierte que los jueces europeos también están revisando esa variable a raíz del acuerdo de libre comercio con Canadá (CETA), apunta la información de Cinco Días.

Fuente: cincodias.elpais.com